Derechos de los asociados
La asociación a FECOLSA hace acreedor a los asociados y a los delegados de los siguientes derechos (Art. 14 Estatuto):
- Utilizar o recibir los servicios que preste FECOLSA.
- Participar en las actividades de FECOLSA y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
- Ser informados de la gestión de FECOLSA, de sus aspectos económicos y financieros y de lo relativo a sus servicios, por medio de comunicaciones periódicas oportunas y en las reuniones de asociados o Asambleas Generales.
- Ejercer actos de decisión en las Asambleas Generales y de elección en condiciones que garanticen la igualdad de los asociados, sin consideración a sus aportes, en los eventos previstos por el presente Estatuto y conforme a los Reglamentos.
- Fiscalizar la gestión de FECOLSA en los términos y con los procedimientos que establezcan el Estatuto y los Reglamentos.
- Presentar proyectos o iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de FECOLSA.
- Retirarse voluntariamente de FECOLSA.
- Los demás que resulten de la ley, el Estatuto y los Reglamentos.
Deberes de los asociados
A continuación se describen los deberes que tienen los asociados para con el Fondo (Art. 13 Estatuto):
- Adquirir conocimientos sobre los principios básicos de la Economía Solidaria, características del acuerdo solidario y el presente Estatuto.
- Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características y funcionamiento de los fondos de empleados en general y de FECOLSA en particular.
- Comportarse con espíritu solidario frente a FECOLSA y a sus asociados.
- Acatar las normas estatutarias y las decisiones tomadas por la Asamblea General y los órganos directivos y de control.
- Cumplir oportunamente las obligaciones de carácter económico y demás derivadas de su asociación a FECOLSA.
- Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de FECOLSA.
- Suministrar los informes que FECOLSA les solicite para el buen desenvolvimiento de sus relaciones y hacerle saber cualquier cambio de domicilio o residencia.
- Usar adecuadamente los servicios de FECOLSA.
- Asistir a las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias o elegir los delegados a éstas y desempeñar los cargos para los cuales sean nombrados.
- Concurrir a los programas de educación y capacitación general, así como a los demás eventos a que se les cite.
- Desempeñar con diligencia y eficacia los cargos y comisiones que le hayan sido encomendados por la Asamblea General o por la Junta Directiva.
- Aceptar y cumplir las determinaciones que las directivas de FECOLSA adopten conforme al Estatuto y Reglamentos.
- Guardar prudencia y discreción en materia política y religiosa en sus relaciones internas con FECOLSA y abstenerse de ejecutar actividades relacionadas con estos aspectos que afecten al Fondo.
- Comportarse respetuosamente frente a los directivos, administradores, empleados del Fondo y los demás asociados a FECOLSA.
- Acatar los demás que le fijen la ley, el Estatuto y los Reglamentos.
Los delegados tienen como deber general obrar de buena fe, con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios. Sus actuaciones se cumplirán en interés del Fondo y sus asociados. Las pretensiones o intereses particulares del delegado deben ceder a favor de los intereses colectivos de la empresa asociativa.